
¿En qué consiste la LEY 73 del IMSS?
Retiro seguro… dos palabras que llegan a tener un enorme significado a medida que pasan los años. ¿Cuál es la clave para alcanzarlo? No lo sabemos con seguridad, lo que sí podemos decirte es que la buena información, la planificación y la correcta administración de los recursos son puntos importantes para ello, por eso, este es el mejor momento para conocer la LEY 73.
La ley de pensiones del IMSS tiene un antes y un después, siendo la primera parte (la Ley de 1973) y la segunda (la Ley de 1997). En este artículo nos centraremos principalmente en la LEY 73, la cual se enfoca en la solicitud de pensión por cesantía de edad avanzada o vejez, para aquellos asegurados inscritos en el Instituto Mexicano de los Seguros Sociales (IMSS) antes del 01 de Julio de 1997.
¿Cuáles son los requisitos para adoptar la LEY 73?
La LEY 73 establece que la pensión por cesantía de edad avanzada o vejez, se le otorgará a aquellos pensionados que:
- Estén inscritos bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de Junio de 1997.
- Hayan cumplido la edad correspondiente 60-64 años (pensión por cesantía), 65 o más (pensión por vejez).
- Cuenten con las cotizaciones mínimas señaladas (500 semanas).
- Se encuentren de baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- No devenguen ningún otro tipo de trabajo remunerado.
- Tengan plena facultad de sus derechos.
Ventajas de ser pensionado por la LEY 73
- El pago de la pensión será realizado en base al promedio salarial de los últimos 5 años de trabajo.
- Contará con pensión garantizada para toda la vida.
- En caso de fallecimiento, sus beneficiarios continuarán recibiendo el beneficio.
- Recibirá pagos por aguinaldos anuales.
- La pensión podrá aumentar proporcionalmente de acuerdo a la inflación.
- Mantendrá activo su servicio médico de costumbre.
- Contará con la opción de retirar una parte de su Afore en efectivo, si estos son provenientes de algunos de los Sistemas de Ahorro para el Retiro más comunes, como por ejemplo: SAR 92, Vivienda 92, Retiro 97, Vivienda 97 y aportaciones voluntarias.
- Tendrá abierta la posibilidad de acceder a préstamos personales para jubilados o pensionados.
Antes de finalizar y apartándonos un poco del tema de la LEY 73 debemos mencionar que, el 09 de Enero del año 2021 entró en vigencia el más reciente decreto con relación a las pensiones, Afores y Sistemas de Ahorro. Esta nueva actualización que toca directamente a los asegurados inscritos en fechas posteriores al 01 de Julio del 97, trae consigo cambios significativos siendo uno de ellos, la reducción en las cotizaciones para el cálculo de la pensión, pasando de 1250 a 750 semanas cotizadas; de igual forma, el IMSS agregará anualmente 25 semanas más al tope hasta alcanzar en el año 2031 el máximo de 1000 cotizaciones.